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Publicado el Viernes, 27 Abril 2012

Subsidio de Agua Potable

 
Desarrollo Social

Es una ayuda económica entregada por el Estado, destinada a la cancelación de cuentas de agua potable. 

Este beneficio está dirigido a familias carentes de recursos económicos y se traduce en un subsidio económico equivalente al 70% ó 45% del valor de la cuenta de agua con un máximo de hasta 15 m3 (metros cúbicos).

 

Encargada : Sra. Paulina Morales (Asistente Social)

Secretaria: Srta. Edith Pino

Dirección : Diego Portales  625

Atención : Lunes a Viernes desde 08:30 a 16:00 hrs.

Teléfonos : 822309/ 09-94080528

 

¿EN QUÉ CONSISTE  EL SUBSIDIO DE AGUA POTABLE?

Es una ayuda económica entregada por el Estado, destinada a la cancelación de cuentas de agua potable. 

Este beneficio está dirigido a familias carentes de recursos económicos y se traduce en un subsidio económico equivalente al 70% ó 45% del valor de la cuenta de agua con un máximo de hasta 15 m3 (metros cúbicos).

El monto del subsidio se abona a la cuenta mensual del agua, por lo que las personas noreciben dinero de manera directa.

 

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR?  

Fotocopia de la cédula de identidad del jefe de hogar. Se considera jefe de hogar a la persona indicada como tal en la Ficha de Protección Social.

Última boleta de consumo de agua potable cancelada y sin saldo anterior. Las personas que no estén al día en sus cuentas, pueden realizar convenio con ESSBIO o las Administradoras del Agua Potable Rural y luego postular al subsidio.

 

¿CUÁL ES EL TIEMPO DE DURACIÓN DE ESTE BENEFICIO?

El beneficio dura 3 años, al cabo de los cuales se puede volver a postular.

 

¿POR QUÉ RAZONES SE PIERDE ESTE BENEFICIO?

  • Cambio de domicilio fuera de la     comuna.
  •  Cambio de domicilio dentro de la comuna, que no es informado al municipio  con 30 días de anticipación.
  • Renuncia voluntaria del beneficiario.
  • Acumulación de 3 cuentas sucesivas impagas.
  • Fallecimiento.
  • Por negarse a proporcionar información para la ficha de Protección Social.
  • Cumplimiento del plazo legal        (3 años).
  • En caso de extinción, el usuario podrá volver a postular ciñéndose a las normas y requisitos que rigen su otorgamiento, a excepción que hubiese operado la causal Nº 6, pudiendo postular transcurridos un año desde la fecha de extinción del beneficio.

 

¿CUÁLES SON LOS PLAZOS PARA POSTULAR?

Las solicitudes pueden presentarse en cualquier época del año,  de acuerdo al tipo de Subsidio:

  • SAP URBANO: En el Departamento Social de la Municipalidad de Santa Cruz.
  • SAP RURAL: En los Comités o Cooperativas de Agua Potable  del sector Rural.

 

Portal Cesfam

Portal con información general del Centro de Salud Familiar Santa Cruz.

Portal Cultura y Turismo

Portal con información turistica y cultural de la comuna de Santa Cruz
Portal Turismo

Portal DAEM

Portal de la Dirección de Administración de Educación Municipal.

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